martes, 11 de octubre de 2011

CONCESIONES MINERAS AFECTARÍAN LA CALIDAD DEL AGUA DEL RÍO YANUNCAY

Compartimos un breve resumen del informe de la Contraloría General del Estado, UAIE 0036-2009, sobre la cuenca del Yanuncay: Examen especial a la “Gestión Ambiental de las Fuentes Hídricas de ETAPA de la cuenca del Yanuncay” por el período comprendido entre el 31 de octubre del 2007 y el 31 de octubre de 2008.


El informe establece entre otras cosas:

"Las concesiones mineras afectarían la calidad y cantidad del agua en la cuenca del Río Yanuncay"

El área de aporte de la cuenca a la captación Yanuncay, que abastece a la Planta de Tratamiento de Agua Potable SUSTAG de ETAPA que está localizada en la cota 2929 msnm es de 33.163 HAS.

"Lo descrito da cuenta que las concesiones mineras de la cuenca se encuentran localizadas en zonas de páramos y en la cabecera del río Yanuncay, el cual abastece a la Planta de Tratamiento de Agua Potable de Sustag que actualmente capta 464 litros/seg y para el año 2030 se prevé captará 650 litros/seg para abastecer una población de 100.877 habitantes de la zona sur oeste de la ciudad de cuenca e inclusive las cabeceras parroquiales y alrededores de Baños; San Joaquín, sectores urbanos de la ciudad de Cuenca e importantes zonas periurbanas  rurales como Mesicata, Huizhil, Guzho, Narancay, Vista Linda, Vía Medio Ejido-Sayausí-Barabón, Bio-corredor del Yanuncay, sin que exista en ETAPA la suficiente información y estudios sobre el real riesgo que  representa la actividad minera en la cuenca del río Yanuncay, puesto que el páramo al tratarse de una zona de gran sensibilidad y vulnerabilidad ambiental podría producir alteraciones hidrogeológicas importantes como producto de las actividades mineras."

"Consecuentemente existe un alto riesgo de que se provoque un daño ambiental irreversible que afectaría a la calidad y a la cantidad de agua que abastece a la población de la ciudad de Cuenca
"; lo cual contradice lo establecido en la Ordenanza que regula la Organización y Funcionamiento de la Empresa Pública Municipal de Telecomunicaciones, Agua Potable , Alcantarillado y Saneamiento de Cuenca Art. 5 literal I, y la reforma al Plan de Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca que establece también en sus artículos 75 y 77 literal c la necesidad de protección estricta a las cuencas hidrográficas de los ríos Tomebamba y Yanuncay,  de la misma manera que la Constitución de la República.

El informe también menciona:

1.   Falta de participación y acuerdos con las comunidades locales para la protección de la cuenca. Mínima intervención social en la Cuenca media y alta del Yanuncay.

2.   Falta de cumplimiento parcial en las actividades planificadas.

3.   El 60, 4 % de la superficie de la cuenca del río Yanuncay esta concesionado a diferentes empresas mineras: ACACIA (2.525.71 HAS), IAMGOLD (5.852 HAS), SIERRAMIN S.A. (13.954 HAS), total: 24.954.46 HAS. Incluyen el proyecto minero QUIMSACOCHA con una concesión de 9.250 HAS, de las cuales 2.680 HAS se encuentran en trámite de reversión a ETAPA (no se ha realizado).

4.   Contaminación aguas arriba de las captaciones para la ciudad de Cuenca.  En los sectores Can Can y Soldados existen dos camales clandestinos que generan contaminación de aire, agua y suelo", contaminando el  Río Izhcarrumi. Impacto en las micro cuencas abastecedoras de agua con coliformes fecales y concentración DBO está en aumento.

5.   Falta de datos hidrológicos e hidráulicos para un mejor análisis de  la  situación hidrológica de la zona.

6.   Zonas protegidas:

Áreas de bosque y vegetación protectora ABVP-Yungilla con 4.041 HAS (10%)
Parque Nacional Cajas con 6.844 HAS (15%)

ABVP Yanuncay-Irquis con 24.803  HAS (60%)

7.   Dispone a ETAPA realizar los trámites ante el Ministerio de Energía y Minas necesarios para impedir la continuación de todo tipo de actividad antrópica que afecte a la Cuenca del río Yanuncay y que realice ETAPA estudios científicos de la real afectación que podría provocar este tipo de actividades.

8.   Preguntas, ¿habrá ETAPA cumplido estas últimas disposiciones?

¿No es suficiente esto para detener las actividades mineras en la zona y revertir las concesiones utilizando el principio de precaución como bien lo establece el informe?¿No le dan suficiente razón a la consulta comunitaria realizada en Victoria del Portete y Tarqui por rechazar la actividad minera? 


Ricardo Buitrón
                  Proyecto Andino de Agua ISP
 

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