miércoles, 14 de diciembre de 2011

CRIMINALIZACIÓN A DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS Y DE LA NATURALEZA


En Ecuador y varios países de América Latina y del mundo criminalizar a quienes defienden el agua, los páramos, los ríos, derechos de las comunidades y de la naturaleza, está resultando un mecanismo de control social que intimida, neutraliza, inhibe y hostiga esta labor de defensa de derechos reconocidos y protegidos por el Sistema de las Naciones Unidas y el de los Estados Americanos.

En Ecuador, según la Defensoría del Pueblo y organizaciones de derechos humanos, la criminalización es una política de Estado, que pretende ser consolidada mediante dos situaciones. La primera, con la interposición de procesos judiciales y administrativos a cientos de mujeres y hombres que defienden derechos de los pueblos y comunidades a nivel del país; y, la segunda, mediante la pretensión de endurecer normas penales, que en lugar de garantizar la labor de quienes defienden derechos humanos y de la naturaleza da paso, de manera inconstitucional, a su represión y sanción.

La Constitución del Ecuador (artículo 98) expresa: “Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos.”

Resistir no es delinquir, resistir no es un acto criminal, las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades exigen el respeto a sus derechos, resisten a que sean vulnerados.


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